miércoles, 23 de septiembre de 2015

Las pensiones en una Catalunya independiente

Hace unos pocos días hubo una polémica sobre los pagos de las pensiones en una hipotética Catalunya independiente. Empezó con unas declaraciones del Secretario de Estado para la Seguridad Social, Tomás de Burgos y siguió con otras del Conseller de Economia del Govern, Mas-Colell. como enseguida se calentaron los ánimos, aquí recopilo los tuits que le dediqué y que espero ayuden a poner las cosas en su sitio.

(Elimino un tuit que salió repetido)
2/12 Argumento indy: la pensión es un contrato entre España y el trabajador. Todo lo que corresponda a las cotizaciones a España, paga ESP.

3/12 Argumento uny: el sistema d pensiones es d reparto. Las pensiones d hoy se pagan con las cotizaciones d hoy. Hoy eres indy, pagas tú.

4/12 Hay que aplicar todas las normas: es sistema de reparto y hay un contrato sobre cuánto cobrar según se ha cotizado.

5/12 Las pensiones se pagan con las cotizaciones, con el fondo de reserva y con impuestos generales.

6/12 Con la independencia se negociará qué parte del fondo se llevan. Cotizaciones e impuestos serían cosa suya.

7/12 Las cotizaciones dan derecho a un % del sueldo. Eso es el primer año, luego se ajusta según inflación, PIB, porcentaje de cotizantes,…

8/12 CAT indy heredaría la responsabilidad del pago a catalanes por ser suyas las cotizaciones, impuestos y su parte del fondo.

9/12 Cumplir la obligación será + difícil a una parte (ESP o CAT) xq el derecho adquirido no es el mismo % respecto a cotización en ambas.

10/12 Una separación amistosa y justa debería establecer una compensación temporal adecuada de una parte a la otra. Hablen los técnicos.

11/13 Si los indies tienen razón y CAT está en mejor disposición de pagar sus pensiones, parece que sería CAT quien tendría que compensar.

12/13 Si los unies tienen razón y CAT se arruinaría con este tema, sería ESP quien tendría que compensar.

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Hace tres años en el blog: Carta abierta a un catalán.
Y también: Preferencias catalanas.
Hace cinco años en el blog: Pregunta para físicos.
Y también: Punto fijo (2).
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7 comentarios:

  1. Problema práctico: tú hablas de una negociaciones y para negociar primero hay que reconocer a la otra parte un cierta posición de igualdad, de capacidad para tomar parte en la negociación. Sinceramente no lo veo.
    Por otra parte, tampoco veo que España (o lo que quedaría de ella) pueda negarse a pagar las pensiones de aquellos que tengan derecho a ellas en razón de los años cotizados a personas en razón de su nacionalidad o residencia.
    Un último argumento es de que la falta de las cotizaciones de los cotizantes catalanes supondría la quiebra del sistema. Sin duda, pero creo que con una quita se podría restablecer el equilibrio (por así llamarlo) actual. Habría que reducir las pensiones actuales en un cierto porcentaje, pero todas, las de los residentes en la España redefinida y las de los residentes en la Cataluña independiente, pero también las de los perceptores de las mismas residentes en el extranjero (o en el resto del extranjero). La otra solución, mantenerlas con cargo a impuestos no la creo posible, al menos en el corto plazo.
    Claro que mis opiniones deben entenderse como las de un lego en materia de Derecho. Iluso que soy pensaba que un Notario, y por ende un Registrador tendría que manejar los temas de Derecho Civil con soltura y, bueno ya vemos.

    Cascarilleiro

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    1. Lo que he planteado en la entrada no es lo que creo que vaya a pasar, sino cuál sería el cálculo que hacer en una separación amistosa que tuviera en cuenta los derechos de las partes. Yo tampoco veo que vaya a ser así.

      En ese supuesto España no se estaría negando a pagar pensiones, simplemente se trasladaría la obligación al nuevo país, por lo menos en la parte que se financia con las cotizaciones e impuestos de ese año. A eso se añade, como he dicho, lo que haya en la hucha, que deberá repartirse.

      Si España no reconoce la independencia y Cataluña no es independiente de hecho, entonces pagará porque nada habrá cambiado. Si Cataluña es independiente de hecho sin ser reconocida, ahí habrá múltiples problemas de cómo ejercer derechos y obligaciones. España debería pagar, pero también debería recibir las cotizaciones. Fácilmente dejaría una cosa por la otra por causa de fuerza mayor.

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    2. En el caso de separación amistosa, el "traslado de la obligación a nuevo país" supondría un cambio de deudor (la SS esp p cat) sin consulta a los acreedores, al menos individualizada. Si no recuerdo mal, el cambio de acreedor sí estaba permitido en nuestro OJ, no así en el cambio de deudor sin consentimiento del acreedor.
      En el caso de independencia de hecho, creo - es sólo una opinión sin mucho fundamento técnico - que estaríamos en un caso similar. Si yo soy un pensionista de la SS española creo que puedo residir en cualquier lugar del mundo mientras que la SS esp. no recibe las cotizaciones de territorio "no español". Si la SS es incapaz de recaudar no sería culpa de los pensionistas residentes en el territorio.
      O, ¿tú te imaginas que al final Alicia Sánchez-Camacho o Alberto Fdez Diaz se van a quedar sin nacionalidad y sin pensión?
      Reconozco que todo esto es un ejercicio de Derecho-ficción con muy poca base (mis escasos conocimientos sobre el tema, ya muy olvidados) pero es que no me imagino a Mas-Colell diciendo lo que dijo simplemente como resultado de un calentón.
      En fin, veremos

      Cascarilleiro

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    3. No creo que la continuidad de la obligación de pagar las pensiones por un estado u otro sea algo que se pueda deducir del Ordenamiento Jurídico actual. Se pueden alegar mil cosas, desde que la seguridad social actual se escinde en dos hasta las cosas que se hayan hecho en otros países en que ha ocurrido una secesión, pasando por hacer que la hacienda española pague y que la catalana compense. En caso de independencia de hecho, con la oposición española, todo está lleno de imponderables. España simplemente no podría hacerse cargo de los pagos sin el ingreso de las cotizaciones. No, por lo menos, sin disminuir las pensiones casi un 20%.

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    4. Claro, pero las de todos los pensionistas (p. contributivas claro), o, al menos, incluyendo a los catalanes renuncien a la nueva nacionalidad y que, por lo tanto, sean españoles residiendo en el "extranjero".
      Conozco a más de un jubilado gallego que retorno al terruño tras trabajar más de cuarenta años en Cataluña y no andan muy tranquilos.
      En fin, el lunes tendremos más pistas.

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  2. Ya sé que sólo oblicuamente está relacionado con el tema, pero es que estoy impresionado: http://nadaesgratis.es/admin/de-los-apellidos-catalanes#more-46123

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    1. Antes de sacar conclusiones precipitadas, habría que ver qué pasa en otros sitios, para ver si es más o es menos. El mismo Sevi dice en los comentarios que solo están exponiendo una metodología para estudiar el distanciamiento de las élites políticas respecto a la población general y que han usado Catalunya como ejemplo, por estar de moda y por ser los autores catalanes.

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