miércoles, 23 de marzo de 2016

Los hooligans del PSV, las mendigas y otros dilemas morales.


Hace unos días, unos hooligans del PSV Eindhoven se entretuvieron tirando monedas a varias mujeres que pedían dinero en la Plaza Mayor de Madrid (aquí). Al parecer, les divertía ver cómo esas mujeres se movían, agachaban y competían entre ellas por recoger las monedas. Las reacciones fueron de unánime indignación. ¿Unánime? No exactamente. Los propios hooligans no parecían muy indignados y alguna de las mujeres, que fue entrevistada por la prensa posteriormente, muestra su contento por el dinero que ganó (aquí). Esto no impide que también puedan calificar a los que tiraban las monedas como “gente mala” (aquí). Por supuesto, las mujeres eran libres de buscar esas monedas o de pedir como siempre en otras partes de la plaza y de Madrid. Los hooligans les ofrecieron una oportunidad más que ellas aceptaron. ¿Qué tiene que decir una tercera persona ante esto? ¿No es mejor escuchar lo que dicen las propias humilladas? Por ejemplo:
"Ojalá nos humillen así todos los días. Ganamos más dinero en ese tiempo que en todo el mes. A la gente le puede parecer vergonzoso, pero con lo que me he sacado, mis ocho hijos lo van a agradecer."
Sin embargo, no estamos contentos con ese análisis. Parece que la manera de racionalizar que debamos sentir algo ante este hecho tiene mucho que ver con que vemos que sería mucho mejor que los que arrojaban las monedas simplemente las dieran con buenos modales. El resultado sería el mismo, excepto por el hecho de que los hooligan no le verían la gracia al asunto y entonces no darían las monedas. Y esa es, creo yo, pero los psicólogos dirán si mi hipótesis es cierta, la clave de la repulsión moral: el que unos seres humanos encuentren divertido el ver a unas mujeres corriendo tras unas monedas. Sobre gustos no hay nada escrito, pero si alguien se regocija con este tipo de espectáculos, otras personas no podrán por menos que pensar que hay algo en ese alguien que lo hace poco recomendable como conciudadano, por decirlo suave.

De hecho, este tipo de situaciones abundan en los dilemas que a menudo usan los filósofos para hablar sobre ética y moral. He aquí algunos ejemplos más:
  • El adorado perro de un familia es atropellado y muere. La familia razona que el perro ya está muerto y que pueden aprovechar su carne para hacer una deliciosa receta que quisieran probar.
  • Julia y Pedro son hermanos y se han llevado bien desde pequeños. Ahora son adultos y deciden practicar una vez eso del incesto.
  • Un padre amantísimo de su hija, a quien ha prodigado cuidados y amor durante toda su vida, recibe la noticia de que la niña ha muerto. Para sorpresa de todos, el padre reacciona sin inmutarse y continúa lo que estaba haciendo sin aparentar mayor pesar sin mostrar ni en ese momento ni en posteriores ocasiones mayor pesadumbre.
Al contrario que en otros dilemas morales, donde hay que elegir entre distintos daños objetivos (como en el dilema del tranvía), en estos no hay daño. Lo único que hay es una sensación de que esa familia, esos hermanos o ese padre no son normales, que no comparten los mismos sentimientos que nosotros, que les hace disfrutan de cosas que no deberían o que son indiferentes, cual Mr. Spock, a circunstancias que deberían afectarles en gran medida. A veces podremos aceptar estos sentimientos diferentes, a veces no. La racionalización de cuándo lo aceptamos y cuándo no lo hacemos puede tener más que ver con nuestros propios sentimientos que con justificaciones que creemos racionales y objetivas, y cada uno tendremos opiniones y racionalizaciones distintas.

Así, algunos seres humanos no aceptan fácilmente que otros seres humanos se diviertan con la muerte de un animal, por muy cargada que esté de tradición y arte y por mucho que esto signifique una vida feliz para el animal hasta el momento de su muerte, como sucede con las corridas de toros. Así, también, otros seres humanos no aceptan que un empresario se beneficie del trabajo de personas que reciben un salario muy bajo en un país pobre, por mucho que esté dando oportunidades a esas personas que de otra manera no tendrían. En este caso el empresario no se regodea en la pobreza de los demás, ni tiene por qué humillarlos. Basta con que no les esté pagando un salario mayor, uno que haga sentirse bien a quien opina moralmente.

Que todos estos casos morales tengan algo en común no significa que todos se deban resolver de la misma manera. Sobre algunos estamos de acuerdo muchos, sobre otros, unos pocos. En esta entrada no quería resolver ninguno (en otras entradas sí he intentado justificar mi opinión sobre algunos de ellos), sino simplemente ponerlos en una perspectiva que acaso nos permita tomar una mejor posición sobre cada uno de ellos y también para entender la posición de quien no piensa como nosotros.

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Hace cinco años en el blog: La economía de la discriminación (2).
Hace tres años en el blog: Sobre la monogamia y sus alternativas.
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26 comentarios:

  1. Queda por delante que, como dices, esos ciudadanos son veneno para la sociedad (dicho sea en mis propias palabras). El que esa mujer esté contenta con el trato recibido nos abre los ojos sobre cuan bajas son sus expectativas de vida, y quizá por eso preferimos que se eviten esas situaciones nuevamente, pese a que la mujer salga beneficiada económicamente. Suponemos además que esos comportamientos son virulentos y no deben fomentarse, por una interminable lista de razones.

    Muchas actividades económicas son directamente prohibidas, con mayor o menor efectividad, porque se consideran nocivas, pese a ser muy demandadas por la sociedad. La necesidad de sentirse poderosos y aplastar a alguien para sentirnos superiores existe en distinto grado en muchas personas, y probablemente la mujer estaba, consciente o inconscientemente, prestándole ese servicio.

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  2. Me recuerda al polémico deporte de lanzamiento de enanos. Polémico porque aún no hay una unificación legislativa consensuada. Incluso en las más altas instancias internacionales hay división de opiniones, el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU ante un caso en Francia dijo que era un trabajo digno porque no había trabajo para enanos en Francia y tener un trabajo es digno per se (el caso llegó impulsado por uno de los lanzados), sin embargo, la Comisión en pleno falló que se producía una externalidad negativa por atentar contra la dignidad humana. No lo tengo nada claro, la verdad, tal vez que las imágenes me revuelvan la tripas sea problema mío y no me dé derecho a meterme en la vida de otros. Especialmente si no puedo garantizar el sustento de la rumanas y sus familias.

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    1. En España teníamos las actuaciones de los bomberos toreros, también con enanos. Yo creo que en el caso de las mujeres de la Plaza Mayor es fácil estar en contra, con solo por la humillación, sino porque ese episodio en particular no es su sustento principal. Si pensamos, como dices, en esos enanos que no tenían otro trabajo que ese (y si nos retraemos a épocas pasadas, como la Edad Media, todavía peor) ya empezamos a dudar.

      El argumento de las externalidades es peliagudo. Piensa que eso es justamente lo que alegan los que están en contra de las prácticas homosexuales, por ejemplo.

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    2. Intentando explicarme, que no aclararme, el tema he encontrado un trabajo que me ha parecido excelente y con un título magnífico:LA DIGNIDAD DE LA PERSONA: LÍMITE A LA AUTONOMÍA INDIVIDUAL de Carlos Dorn Garrido (creo que compañero suyo). Recomiendo leerlo, se esté de acuerdo o no, es brillante https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.cde.cl/wps/wcm/connect/a2afd5f8-b399-4eeb-80da-eb299807758a/rev%2B26_7%2Bla%2Bdignidad%2Bde%2Bla%2Bpersona%2Blimite%2Ba%2Bla%2Bautonomia%2Bindividual.pdf%3FMOD%3DAJPERES&ved=0ahUKEwis1bzphd3LAhUB5xoKHSN6D3AQFggkMAM&usg=AFQjCNFWvp5747_0nfFVtRAt2m3L5-AKbg&sig2=4zSSJMvq0sue3lz-VJ9i-Q

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    3. Gracias por la referencia. No aclara mucho, salvo el mostrar cómo piensan sobre el tema desde el Derecho.

      No aclara mucho porque se limita a decir que (i) está bien aceptar que existe tal cosa como la dignidad humana y que viene bien para unas cuantas cosas, como el justificar que la persona humana es susceptible de tener derechos, (ii) también existe la autodeterminación de la persona, que (iii) no es fácil casar lo primero con lo segundo, que (iv) in dubio pro autodeterminación y que (v) apoyarnos en mínimos comunes a muchas o todas legislaciones puede ser un buen criterio, puesto que hablará de percepciones comunes a muchas culturas. Con esto no digo nada en contra de esta visión, de hecho me parece muy bien que se aleje de criterios absolutos, por lo menos, para la mayor parte de los casos. Solo digo que no ayuda a distinguir dónde y por qué hacer más caso a la dignidad o a la autodeterminación en casos concretos.

      El artículo menciona dos casos concretos (el lanzamiento de enanos y el jugar a matar en simulaciones de combates). La manera en que se distingue un caso del otro, basada en la pertenencia a una minoría susceptible de discriminación, pude ofrecer un criterio que nos parece natural en este caso e, incluso, generalizable a otros. Pero el que esta circunstancia más que otra sea la clave del asunto no es algo que pueda dilucidar el derecho solo porque ha encontrado que esta variable pude ser relevante según principios del propio derecho (principios que no niego). Dilucidar la manera en que afectan las distintas circunstancias a nuestra apreciación de cada uno de los problemas y a nuestra capacidad de llegar a acuerdos sociales para aceptar uno y no otros será algo que requiera de muchas evidencias empíricas, y me temo que por mucho que aporten el Derecho y la Filosofía, será la Psicología quien nos aporte más sobre el tema.

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    4. Pensaba que hablaba de regular la convivencia y solucionar un conflicto de valores. Esa es función del derecho. En otras palabras ¿puede el Estado regular contra la libre voluntad de los actores basándose en la dignidad humana? El texto mantiene que sí porque la dignidad tiene dos dimensiones, la autodeterminación personal y otra ética-pública. Que la segunda sea un concepto indeterminado no hace que las sentencias a que dé lugar sean arbitrarias porque hay suficiente contenido para guiarlas. Cierto que no para todos los casos concretos pero es que el derecho no es algorítmico. Por supuesto, y lo avisa al principio del texto, nos estamos moviendo en una concepción liberal, constitucional o sustantiva de la democracia en la que hay derechos, principios, valores y reglas no sujetos a la regla de la mayoría porque son fundamento y condición de posibilidad de la democracia misma. No se pueden tocar sin destruir la misma democracia. Por eso los fallos se justifican en mantener el orden público porque atentar contra la dimensión ético-pública de la democracia es atentar contra la piedra angular de una democracia.

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    5. Que habla de ofrecer una base para regular contra la libre voluntad basándose en la dignidad es lo que he reconocido en (i). Pero mi preocupación es cómo hacemos y cómo podemos aclararnos en cuándo sí y cuándo no. En eso es que digo que no llega muy lejos.

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    6. El derecho está lleno de conceptos jurídicos indeterminados y no le va mal. La ventaja de contar con un concepto jurídico indeterminado como «dimensión ético-pública de la dignidad humana» respecto a no contar con él es que posibilita la actuación de la administración sin necesidad de usar analogía con otra norma (no hay una laguna legal) ni discrecional (hay varias soluciones justas y la administración elige una). Por ejemplo, en los casos de expropiaciones se habla de «precio justo», eso quiere decir que es legal que la administración expropie una finca (en los supuestos adecuados) y que solo hay un precio a pagar que cumpla la condición de ser justo. Los demás no lo son o por exceso o por defecto. Además la existencia del concepto indeterminado posibilita el control jurisdiccional y la separación de poderes. Aplicado a nuestro caso, sabemos que el Estado puede intervenir, que va a estar sometido a control jurisdiccional y que hay una, y solo una, solución justa.
      Siguiendo la doctrina tradicional española un concepto indeterminado consta de tres zonas: una de certeza, donde estamos seguros de su aplicación; una de segura no aplicación; y la tercera, que es la complicada, en tierra de nadie, un halo de inseguridad. En general, esto consigue con el tiempo sentencias (soluciones) aceptables socialmente y predecibles. Certezas no pero lo anterior es suficiente para las funciones del derecho. Quiero decir que llega tan lejos como puede dentro de los límites que se impone. Solo puede acudir a las fuentes del derecho. En principio, me basta con saber que no impongo a nadie mi propia moral porque quiero poner límites a los contratos laborales entre hooligans holandeses y rumanas pobres.
      Una de las funciones ocultas del derecho es que te facilita lidiar con tu propia conciencia que es siempre mucho más complicado porque busca certeza donde,tal vez, no la haya. Así que le doy la razón en que se queda corto pero no en que eso sea motivo de preocupación.

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    7. No digo que el Derecho sea motivo de preocupación, sino que a mí, en la entrada y en estos comentarios posteriores me preocupa el cómo pensar sobre todos estos casos y, como reconoces al hablar de esa tierra de nadie, el Derecho no nos ayuda en eso. Si acaso, resolverá los casos según el legislado o los jueces vayan dictando, pero esto no querrá decir que dicten desde unos planteamientos que a ti o a mí o a expertos psicólogos y filósofos en la materia nos parezcan los adecuados.

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    8. Lo entendemos igual pero lo valoramos de manera diferente. Lo que usted considera motivo de preocupación, para mi lo es de regocijo.

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  3. Estos casos se refieren a lo que yo llamo la distincion entre juicios esteticos vs juicios morales, parecida a la diferencia entre virtue etics y consequentialism. A dia de hoy sostengo que no podemos pretender hacer de nuestros juicios esteticos normas morales de la sociedad. Pero reconozco que es bastante dificil aplacar el instinto de prohibir o condenar moralmente aquello que nos produce rechazo estetico.

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    1. ¿Puedes elaborar un poco más en la distinción entre juicios estéticos vs juicios morales? Yo no lo tengo tan claro.

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    2. Hay situaciones que nos producen rechazo aun cuando la utilidad para todos los actores implicados es positiva. A estos juicios, que no pueden tener origen moral por definicion, los llamo juicios esteticos. Tienen mas que ver con lo "feo", "repugnante" que nos parecen dichas situaciones que con su verdadera bondad moral.

      Se suelen confundir con juicios morales en el sentido de que el rechazo que nos inspiran en el plano estetico producen la misma reaccion de condena moral que los juicios morales. Pero si analizamos mas alla de nuestra reaccion nuestra conclusion es que dichas cosas que a priori rechazamos son netamente positivas moralmente.

      (El grado de solapamiento incluso se ve en el lenguaje: "eso que has hecho esta feo" es una expresion de condena moral usando terminos esteticos)

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    3. Entiendo la distinción entre actos que no afectan a terceros y actos que sí y su relevancia. No encuentro, en cambio, que los actos morales solo se refieran a los segundos. No es cierto históricamente y no parece que nos podamos convencer de que lo sea en un futuro próximo. Lo que no impide que la distinción sea pertinente para, por ejemplo, ser mucho más cuidadosos con cómo legislamos cuando se trata de los primeros.

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  4. No entiendo tu respuesta y como encaja con lo que he dicho, que es bastante claro. La condena de actos donde la utilidad es mayor para todos los actores no tiene sentido y es un juicio estetico. THeres not much more to it.

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    1. Lo que has dicho es muy claro. Lo que yo digo es que casi todo el mundo entiende que algunos de los que llamas juicios sí son juicios morales. Es decir, que no comparten tu clara división.

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  5. http://www.ilustracionliberal.com/51/realmente-son-tan-despreciables-los-especuladores-luis-del-pino.html

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    1. Gracias por la aportación. Interesante.

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    2. A mi me recuerda algo a esto: http://nadaesgratis.es/cabrales/senora-alcaldesa-pongame-una-tasa-de-congestion-se-lo-pido-por-mis-ninos-que-estan-haciendo-la-paau
      Claro que también puede ser que yo sea muy susceptible.

      Cascarilleiro

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  6. No digo yo que no, pero...
    En el caso del Katrina se emplea un análisis marcadamente economicista en referencia a un suceso excepcional, a una situación de emergencia.
    En el caso de la PAU:
    1) se constata la existencia de efectos negativos de los niveles de contaminación sobre el rendimiento de los alumnos (en función de su nivel socio-económico)
    2) se constatan los efectos negativos de la exposición a la polución en el día de realización de la PAU, especialmente sobre los alumnos de nivel socio-económico alto).
    3) Se le pide a las autoridades que tomen medidas contra la contaminación no en el día a día, lo que podría compensar (1), si no en el día de la PAU. Parece que se quiere proteger a los favorecidos de los efectos igualadores de la contaminación.
    Aunque claro, también puede ser mi naturaleza... ;-(

    Cascarilleiro

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    1. Sigo sin ver la conexión entre los dos casos. ¿Los juntas porque en ambos se hace un análisis económico? Si es así cualquier tema de economía te haría recordar cualquier otro.

      ¿Los juntas porque en ambos se analiza una situación de emergencia? Sin embargo en el artículo de Nada es Gratis no se dice lo que señalas acerca de pedir medidas solo el día de la prueba.

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  7. ¿Has leído el título del artículo de NeG? "Señora alcaldesa, póngame una tasa de congestión: se lo pido por mis niños, que están haciendo la PAU".
    A la vista de los datos del artículo, si tú fueses una padre de nivel socioeconómico bajo y tuviese un hijo con posibilidades de obtener una buena educación, ¿qué preferirías que ese día el nivel de contaminación fuese "alto" lo que perjudicaría menos a tu hijo que a otros posibles candidatos de nivel socioeconómico alto.
    (Salvo que me digas que los casos de estudiantes de nivel socioeconómico bajo con posibilidades son irrelevantes).
    Aunque bueno, siempre cabe la posibilidad de que sea cosa mía.

    Cascarilleiro

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    1. ¿Te das cuenta que el título es una gracia? En el texto, que es lo que importa, se dicen cosas bien distintas, empíricamente respaldadas y sensatas. Decías que podía ser que eras muy susceptible. Me temo que te daré la razón en eso.

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  8. Una gracia,... Pues la verdad no la acabo de pillar. Pero bueno, dada mi confesada susceptibilidad tampoco me extraña. "Empíricamente respaldadas y sensatas", ¡sólo faltaría! Ya no me he metido para nada con la parte de descripción de hechos del texto, sólo en dónde se "pone el foco" (según mi susceptible - o falta de sentido del humor - interpretación), la petición de lucha frente un fenómeno que podría ayudar a equilibrar (mínimamente me temo, véase último comentario de "Escotero") las cosas.
    He de decir que, como lector ocasional de NeG, me extrañó este post del Prof. Cabrales.

    Cascarilleiro

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